Corte de Rancagua confirma millonaria indemnización por muerte de recién nacido en 2016

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la sentencia que condenó al Servicio de Salud O’Higgins al pago de una indemnización total de $150.000.000 por daño moral a los padres de un recién nacido que falleció en julio de 2016, producto de una falta de servicio.

En fallo unánime, el tribunal descartó errores en la resolución dictada por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, que estableció responsabilidad del servicio por la atención negligente brindada en el Hospital Regional Dr. Franco Ravera Zunino. Según se acreditó, la incorrecta administración de la hormona oxitocina fue la causa directa del fallecimiento del menor.

La resolución señala que los antecedentes probatorios —incluida una auditoría interna del propio servicio— permitieron establecer la falta de servicio, concluyendo que el manejo erróneo del fármaco constituyó la causa basal y directa del deceso. Asimismo, el tribunal desestimó los cuestionamientos presentados por la parte demandada, al no contar con argumentos suficientes para desvirtuar las conclusiones de dicha auditoría.

En cuanto al daño moral, la Corte consideró evidente el dolor y la aflicción sufridos por los padres tras la pérdida de su hijo, calificando como razonable la indemnización fijada en primera instancia.

El fallo también detalla las circunstancias del caso, como el desprendimiento de placenta, una cesárea de emergencia, la asfixia del recién nacido y las condiciones en que fue entregado el cuerpo a sus padres, lo que —según el tribunal— configura un sufrimiento “inconmensurable”.

De esta forma, la Corte de Apelaciones ratificó íntegramente la sentencia, cerrando el proceso judicial y confirmando la responsabilidad del servicio de salud en los hechos.